Apertura o cierre de delegaciones
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La inscripción registral de apertura, modificación o cierre de delegaciones de asociaciones figura entre los actos objeto de inscripción previstos en el artículo 28 de la Ley orgánica 1/2002. La solicitud de inscripción debe presentarse en el plazo de un mes desde la adopción del acuerdo (artículos 53-54 R.D. 949/2015, de 23 de octubre).
¿Qué documentos tengo que presentar?
- Solicitud de inscripción (modelo PR308A): formulada por una de las personas titulares de la junta directiva y dirigida al registro competente. En caso de que la solicitud sea formulada por otra persona, deberá acreditarse la representación por cualquier medio válido en derecho.
- Acta o certificación del acuerdo adoptado por el órgano competente (modelo en formato .docx - modelo en formato .odt) expedida por la persona o cargo con facultad para la certificación de acuerdos, con el visto bueno de la presidencia, en el que conste:
- Fecha y lugar de la reunión y contenido del acuerdo adoptado
- Quórum de asistencia y resultado de la votación en los términos establecidos en los estatutos
- Identificación del domicilio de la delegación o delegaciones objeto de apertura o cierre: calle, número, localidad, provincia y código postal
- Justificante del pago de la tasa (Código 30.39.05)
- ¿A qué registro tengo que dirigirme?